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Estas ayudas adoptarán la forma de un CHEQUE INNOVACIÓN, que por valor de 6.000 euros, será entregado por el IMPIVA a las empresas beneficiarias para la contratación de asistencia técnica en innovación tecnológica. OBJETO:
Es una iniciativa de la Generalitat Valenciana que cuenta con el apoyo económico del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). BENEFICIARIOS: Cualquier PYME que tenga su sede social o establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana y cuyo proyecto objeto de ayuda esté localizado en dicho territorio. Quedan excluidas las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones, administraciones públicas y en general, las entidades sin ánimo de lucro. Quedan excluidas, de manera expresa, las empresas que hayan recibido, en los tres último años fiscales, ayudas en régimen de mínimis por valor superior a 200.000 euros y las pertenecientes a los sectores determinados en el punto 1 del artículo 1º de Reglamento (CE) nº 1998/2006 sobre mínimis. CON QUIÉN Las entidades colaboradoras de este programa son las únicas que pueden aceptar un cheque de innovación como pago por la asistencia técnica en innovación tecnológica. Son entidades colaboradoras los "Centros de Innovación y Tecnología" (CIT) registrados previamente en el IMPIVA como 'Centro proveedor de soluciones tecnológicas', según relación disponible en la dirección de internet del IMPIVA. ACTUACIONES APOYABLES Se apoyará la contratación con un centro proveedor de la asistencia técnica necesaria para la resolución de problemas y el desarrollo de proyectos de carácter tecnológico, que suponga a la empresa la incorporación de nuevos conocimientos necesarios para innovar en un producto, proceso de producción o servicio, y de acuerdo con la siguiente tipología:
El Cheque Innovación no podrá ser utilizado para cubrir los gastos de: creación de páginas web, licencias para sistemas operativos y aplicaciones informáticas, ensayos habituales y de normalización no incluidos en proyectos de asesoramiento o certificaciones ISO y EMAS. CÓMO FUNCIONA La empresa debe solicitar la ayuda cumplimentando el impreso de solicitud, disponible en la página www.impiva.es; con fecha límite de presentación en IMPIVA el 2 de abril de 2009 (14:00 horas). La empresa acuerda y/o contrata con un centro proveedor, de los disponibles en la página web del IMPIVA, la asistencia técnica necesaria. Una vez concluida la asistencia técnica, el centro proveedor emitirá la factura e informe correspondiente y la empresa le entregará el Cheque Innovación como pago del coste de los servicios contratados (los tributos que recaigan sobre el servicio serán en todo caso a cargo de la empresa). El centro proveedor acreditará ante el IMPIVA la realización de los servicios contratados por la empresa beneficiaria, solicitando el canje, por su valor monetario, del Cheque Innovación antes del 17 de diciembre de 2009. OTRAS CARATERÍSTICAS El beneficiario no podrá obtener más de un cheque por ejercicio. Si el coste de la asistencia técnica fuera inferior a 6.000 euros, IMPIVA subvencionará exclusivamente ese coste. Dos o más beneficiarios podrán agrupar sus cheques para contratar con un mismo centro proveedor la resolución de un problema de interés común. En este caso, cada una de las empresas aportará su Cheque Innovación como pago de la asistencia técnica contratada. La validez del Cheque Innovación finalizará el 17 de diciembre de 2009.
DOGV 250209 Fuente: CEEI Castellón Temas relacionados: Palabras clave: innovación, tecnología, financiación, impiva |
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