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PROGRAMA I-CREO

programa I-creo

PROGRAMA I-CREO

Dirigido a: Agrupaciones de empresas constituidas por PYME,
grandes empresas y centros de investigación
Fecha límite: Hasta el 10 de junio (según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOCV de fecha 12/5/2008).

OBJETO
Apoyo a la animación de agrupaciones de empresas (clusters) constituidas por PYME, grandes empresas y centros de investigación, con el fin de desarrollar la innovación y el intercambio de conocimientos.

BENEFICIARIOS
Podrán acogerse a estas ayudas las agrupaciones de empresas constituidas por PYME, grandes empresas y centros de investigación, con el fin de desarrollar la innovación y el intercambio de conocimientos.

ACTUACIONES APOYABLES
Se apoyará la organización de operaciones de marketing para atraer nuevas empresas en la agrupación, la organización de programas de formación; seminarios y conferencias para fomentar el intercambio de conocimientos y el trabajo en red entre los miembros de la agrupación.

TIPOS DE AYUDA
Subvención a fondo perdido de los costes subvencionables estimados por IMPIVA, con los siguientes porcentajes máximos:
• Para el primer año en el que la agrupación recibe la ayuda: 100%.
• Para el segundo año en el que la agrupación recibe la ayuda: 75%.
• Para el tercer año en el que la agrupación recibe la ayuda: 50%.

COSTES SUBVENCIONABLES
Únicamente se subvencionarán los costes definidos a continuación en que incurra la entidad jurídica que gestione la agrupación:
• Costes de Personal. Estos gastos deberán suponer como mínimo el 70% del total de costes subvencionables, e incluye los siguientes:
• Costes relacionados con las nóminas de los expertos que desarrollan el proyecto, incluyendo el salario, las cargas sociales, la cuota empresarial a la Seguridad Social, con un límite máximo de ayuda de 52.000€ experto/año.
El perfil del personal experto será el de titulado universitario, preferentemente de carácter técnico o económico-empresarial, con experiencia en I+D+i o en los ámbitos económico- financiero, internacional y de gestión de la innovación, con dominio del inglés y conocimientos prácticos de tecnologías de la información.

En el caso de nueva contratación, la fecha del contrato deberá ser posterior a la de presentación de solicitud de la ayuda y la entidad beneficiaria realizará la selección respetando las políticas horizontales en materia de igualdad de oportunidades y atendiendo a principios de publicidad suficiente y valoración profesional equitativa de los candidatos, con mención expresa a los fondos europeos tanto en el proceso de selección como en el propio contrato.
• Dirección-coordinación y personal de administración de apoyo al proyecto. Este gasto se justificará mediante la imputación parcial de nóminas de personal propio de la entidad beneficiaria, y el criterio de imputación será proporcional a las horas de dedicación real en estas labores respecto al total de horas trabajadas.
• Costes Administrativos:
• Formación del experto (coste matrículas e inscripción en congresos, jornadas, seminarios...).
• Dietas y complementos por desplazamiento, viajes interurbanos-transporte público- nacionales e internacionales y alojamiento.
• Gastos de difusión.


PLAZOS
El plazo de presentación comenzará el día de publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) y finalizará transcurridos 25 días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación en el DOCV. En todo caso, cuando el día concreto de finalización del plazo fuera sábado o inhábil en el municipio en que residiere el interesado o en la sede del IMPIVA, se considerará inhábil a todos los efectos prorrogándose al primer día hábil siguiente.
 

CRITERIOS DE VALORACIÓN
1. Calidad del proyecto: 50 puntos.
• Ajuste y adecuación de las acciones propuestas con los objetivos del programa: 10 puntos.
• Proyecto basado en los buenos resultados obtenidos en años anteriores: 20 puntos.
• Impacto empresarial previsto, difusión de la innovación: 10 puntos.
• Perfil de los expertos que desarrollan el proyecto: 10 puntos.

2. Viabilidad técnica y económico-financiera: 10 puntos.
• Coherencia del presupuesto del proyecto con los objetivos a alcanzar: 5 puntos.
• Definición del proyecto, sus fases, plan de trabajo y presupuesto de ejecución: 5 puntos.

3. Características del solicitante: 30 puntos.
• Representatividad en los sectores industriales y emergentes en la Comunitat Valenciana y con capacidad para desarrollar el proyecto: 10 puntos.
• Agrupaciones con experiencia en el desarrollo de este tipo de acciones en ejercicios anteriores: 20 puntos.

4. Aspectos socio-económicos: 10 puntos.
• Oportunidad que para el tejido empresarial de los diferentes sectores de actividad y para la sociedad representa la aplicación y transferencia de los resultados esperados del proyecto: 5 puntos.
• Solicitudes presentadas por entidades que hayan superado en su plantilla respecto al año anterior los mínimos exigidos por la normativa sobre integración laboral de discapacitados o que cuenten con un plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, por entidades con ubicación en zonas geográficas de interés preferente, o con proyectos que supongan incremento del empleo: 5 puntos.

OTROS

Los beneficiarios, con carácter general en todas las acciones relacionadas con el objeto del programa, y en particular con las actividades que generen los proyectos subvencionados, son responsables de su difusión, debiendo informar al IMPIVA de todas las acciones promocionales y de comunicación previstas tanto en la fase previa de solicitud como, con la suficiente antelación, a lo largo del desarrollo de las mismas, incluida la difusión de los resultados en soportes físicos o electrónicos. En las acciones de difusión serán de aplicación las normas de imagen que determine el IMPIVA así como las establecidas para las actuaciones que cuentan con financiación de Fondos Europeos. El no cumplimiento de lo anterior podrá conllevar la minoración o revocación de la ayuda.

El beneficiario se obliga a mantener una contabilidad analítica que permita separar con claridad los costes incurridos en cada una de las actuaciones así como en otras actividades no apoyadas por el IMPIVA.


SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN

1. Presentación de solicitudes.
1.1. Solicitud normalizada y documentación que debe acompañarla.
1.1.1. Solicitud normalizada.
Los solicitantes deberán presentar una solicitud normalizada cumplimentada utilizando el programa informático que se puede descargar desde la dirección de internet del IMPIVA, o que se pondrá a disposición de los solicitantes en cualquiera de las sedes del IMPIVA que se indican en artículos posteriores.

1.1.2. Documentación que debe acompañar a la solicitud normalizada .
1.1.2.1. Memoria técnica del proyecto, según modelo que puede obtenerse descargándolo de la dirección de internet del IMPIVA.

1.1.2.2. Documentación relativa a la personalidad jurídica del solicitante:
Estatutos vigentes y poder de representación del firmante de la solicitud, o acta de nombramiento o apoderamiento. No será necesaria la presentación de esta documentación si ya obra en poder del IMPIVA y se mantiene vigente, aportando al efecto declaración de vigencia según modelo disponible en la dirección de internet del IMPIVA.
1.2. Con el fin de potenciar el logro de los objetivos de la presente resolución, el IMPIVA podrá trasladar las solicitudes a otros programas o convocatorias de ayudas.

1.3. La presentación de la solicitud conlleva la autorización al IMPIVA, salvo manifestación en contrario por el solicitante, para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la Unidad recaudadora de la Hacienda Pública Valenciana y por la Tesorería General de la Seguridad Social, en los que se acredite que el solicitante se encuentra al corriente en sus obligaciones con dichas administraciones. En cualquier caso el IMPIVA se reserva el derecho a requerir directamente al solicitante en caso de que la información obtenida presente alguna incidencia.


1.4. Si la solicitud aportada fuera incompleta o presentara errores subsanables se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.


2. Modo de presentación de solicitudes.
Los requerimientos a los que se hace referencia en este artículo, así como cualquier otro que pudiera realizarse por el IMPIVA podrán efectuarse por fax o por correo electrónico al número de fax o a la dirección indicada por el solicitante en el impreso de solicitud, siempre que quede constancia de la recepción por aquél.


3. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación comenzará el día de publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) y finalizará transcurridos 25 días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación en el DOCV. En todo caso, cuando el día concreto de finalización del plazo fuera sábado o inhábil en el municipio en que residiere el interesado o en la sede del IMPIVA, se considerará inhábil a todos los efectos prorrogándose al primer día hábil siguiente.

4. Lugar de presentación de solicitudes.
4.1. Las solicitudes y la documentación anexa podrán presentarse en cualquiera de las sedes del IMPIVA indicadas a continuación en horario de 09.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, y de 17.00 a 19.00 horas, de lunes a jueves. A partir del 15 de mayo el horario de registro será exclusivamente de 09.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes:
IMPIVA Alicante-Oficina PROP: C/Churruca, 29. 03003 Alicante.
IMPIVA Castellón-Oficina PROP: Av. Hermanos Bou, 47. 12003 Castellón de la Plana.
IMPIVA Valencia: Plaza del Ayuntamiento, 6. 46002 Valencia.

4.2. También podrán presentarse en las formas previstas en el artículo 38.4. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una Oficina de Correos, deberá hacerse en sobre abierto para que sea fechada y sellada por la Oficina de Correos antes de ser certificada.

 



Temas relacionados: Financiación / Subvenciones y ayudas

Palabras clave: programa, ayuda


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