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SUBVENCIONES PARA LAS SOLICITUDES DE PATENTES

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Subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes en el exterior por la Oficina Española de Patentes y Marcas 

OBJETO

Fomentar las solicitudes de patente y modelos de utilidad en el extranjero, utilizando la vía nacional de los distintos países, la vía europea a través de lo previsto en el Convenio de la Patente Europea (CPE) o la vía del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT).

Las solicitudes deberán reunir al menos una de las características siguientes:

  • Que su derecho de prioridad unionista traiga causa de una solicitud de patente o modelo de utilidad presentada ante la OEPM.
  • Que su derecho de prioridad unionista traiga causa de una solicitud internacional PCT presentada ante la OEPM.
  • Que su derecho de prioridad unionista traiga causa de una solicitud de patente europea presentada en la OEPM.

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

a) La extensión de una solicitud de patente o de un modelo de utilidad ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes, en el marco de procedimientos de concesión de patentes o modelos de utilidad nacionales o regionales.

  1. La solicitud de una patente o de un modelo de utilidad o validación de una patente europea.
  2. La búsqueda de anterioridades en el Estado de la Técnica.
  3. El examen de la solicitud de patente.
  4. La concesión de la patente, incluidas las anualidades 3ª a 7ª ante la Oficina Europea de Patentes (EPO).
  5. La traducción de las memorias completas de las solicitudes de patente o de modelos de utilidad con objeto de presentar la misma ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes.

b) Las actividades realizadas dentro del procedimiento internacional PCT. 

  1. La solicitud internacional PCT cuando la OEPM haya actuado en calidad de Oficina Receptora.
  2. La búsqueda internacional cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Búsqueda Internacional.
  3. El examen preliminar internacional cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Examen Preliminar Internacional.

El importe máximo individualizado de las ayudas concedidas no podrá ser superior a 55.000 € por solicitante, salvo en el caso de las PYMES, en que el máximo individualizado será de 60.000 €.

PLAZO

La solicitud de las ayudas deberá presentarse en el plazo de 1 mes desde la fecha de publicación en el BOE (hasta el 1 de mayo de 2009).

MÁS INFORMACIÓN

Orden ITC/816/2009 de 26 de marzo, publicada en el BOE nº 79 de 1 de abril de 2009



Fuente: CEEI Castellón

Temas relacionados: Innovación / Subvenciones y ayudas / Tecnología

Palabras clave: Ayudas, patentes, innovación, modelos de utilidad


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